La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Junta de Castilla y León, en su Programa de apoyo a las familias y fomento de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, convoca subvenciones para padres y/o madres por nacimiento o adopción, para el año 2011.
SUBVENCIONES PARA PADRES Y/O MADRES POR NACIMIENTO o ADOPCIÓNSolicitudes Las solicitudes,
por nacimiento o adopción o
parto múltiple, se presentarán mediante Instancia debidamente cumplimentada en todos sus términos, en las Oficinas de Registro del Departamento Territorial de Familia e Igualdad de Oportunidades, C/ Duque de la Victoria, 5 | 47001 | Valladolid, o bien en cualquiera de las unidades o lugares previstos en el Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Comunidad de Castilla y León.
Igualmente, podrán presentarse por telefax en las condiciones establecidas en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y se declaran los números telefónicos oficiales («B.O.C. y L.» n.º 213, de 4 de noviembre de 2002) y la Orden DM/637/2009, de 12 de marzo, por la que se hace pública la relación de las Unidades en las que se realiza la función de registro, su ubicación y los días y horario de funcionamiento («B.O.C. y L.» n.º 56 de 24 de marzo) y su corrección de errores publicada en el («B.O.C. y L.» n.º 87 de 12 de mayo de 2009.
Asimismo, las solicitudes podrán presentarse de forma telemática, por nacimiento o adopción
cliq aquí, o por parto múltiple
cliq aquí. Para ello, los solicitantes deberán disponer de D.N.I. electrónico, o de un certificado digital de clase 2CA de firma electrónica emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y timbre, o de aquellos otros certificados electrónicos que hayan sido previamente reconocidos por esta Administración y sean compatibles con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.
Plazo de presentación de Solicitudes: . Las solicitudes deberán presentarse dentro de los 6 MESES contados desde el día siguiente del nacimiento. En caso de Adopción desde el día siguiente a la inscripción del adoptante en el Libro de Familia.
. En los supuestos del complemento por discapacidad reconocida antes del 1 de enero de 2011, las solicitudes se presentarán dentro del plazo de 6 MESES contados desde el día siguiente al del reconocimiento de esta situación por la Gerencia Territorial de Servicios Sociales.
. En el caso de ayuda por PARTO MÚLTIPLE o ADOPCIÓN SIMULTANEA de menores de edad, o de nacimientos o adopciones independientes producidos en el seno de una familia en el periodo de 12 meses, de menores que hayan cumplido 1 o 2 años desde su nacimiento o adopción en el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2010, el plazo de presentación de la solicitud será de 3 MESES contados desde la fecha en la que los hijos cumplan 1 ó 2 años de edad, o se cumpla el vencimiento del primer o segundo año de la fecha de inscripción de la adopción que figura en el Libro de Familia.
Beneficiarios:Progenitores y Adoptantes.
Requisitos:1. –Estar EMPADRONADOS ambos progenitores, en su caso, en un municipio de Castilla y León, a la fecha de presentación de la solicitud.
2. RESIDIR, al menos uno de ellos, de forma ininterrumpida en cualquiera de dichos municipios, durante los 9 meses inmediatamente anteriores a la fecha del nacimiento o a la fecha de la inscripción de la adopción en el Libro de Familia.
3. En los casos de subvenciones por parto múltiple o adopción simultánea de menores de edad, o de nacimientos o adopciones independientes producidos en el seno de una familia en el periodo de 12 meses, de menores que hayan cumplido 1 o 2 años desde su nacimiento o adopción en el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2010, así como en el caso de la subvención complementaria al nacimiento o adopción por discapacidad, reconocida transcurridos más de seis meses desde el nacimiento o adopción y antes de que el niño cumpla cinco años, dicho plazo de 9 meses se entenderá referido a los inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
4. En caso de progenitores o adoptantes extranjeros no comunitarios, permiso de residencia en vigor a la fecha de presentación de la solicitud.
Documentación a presentar: clic aquíCuantía de la Ayuda: clic aquíEl BOCYL de 2 de febrero de 2011, puede consultarse haciendo
clic aquí+INFO:Junta de Castilla y LeónConsejería de Familia e Igualdad de Oportunidades
C/ Las Mieses, 26
47009 | Valladolid
Tel. 983 410 900 – Fax. 983 410 955
Departamento Territorial de Familias e Igualdad de Oportunidades de Valladolid
C/ Duque de la Victoria, 5
47001 | Valladolid |
Tel. 983 415 020
web: www.jcyl.esP.I.J. de Nava del ReyCasa de Cultura
Plaza de la Verdura, s/n.
47500 | Nava del Rey | Valladolid
Tel. 983 850 293 - Fax. 982 850 484
email: cultura@ayto-navadelrey.comweb: www.ayto-navadelrey.comFoto superior: Banco de imágenes del Ministerio de Educación.