La Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, convoca ayudas para financiar el gasto del transporte escolar del alumnado que curse segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por necesidades de escolarización, en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2010/2011.
AYUDAS PARA FINANCIAR EL GASTO DE TRANSPORTE ESCOLAR, CURSO 2010-2011.
Solicitudes:Las solicitudes, una por cada alumno, formalizadas y firmadas por el alumno si es mayor de edad o, en otro caso, por su padre, madre o representante legal, irán dirigidas al Director Provincial de Educación de la provincia donde se encuentre ubicado el correspondiente centro docente, conforme al modelo que se encuentra disponible en la sede de Administración Electrónica (
www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de educación (
www.educa.jcyl.es) o haciendo
clic aquí.
Plazo de presentación: hasta el 29 de octubre de 2010.
Modalidades:1. Transporte diario.
2. Transporte de fin de semana.
Beneficiarios:Requisitos generales:1. Tener la residencia familiar y domicilio fiscal en la Comunidad de Castilla y León.
2. Cursar segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o educación especial, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, o por decisión de la Comisión de Escolarización en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León.
3. Que no pudiendo hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por la Consejería de Educación, se vean obligados a realizar gastos de transporte para desplazarse a su centro escolar o a la parada más próxima de la ruta escolar, en los términos que se establece para cada modalidad
Requisitos en función de la modalidad:Modalidad de transporte diario:1.º No tener, en su localidad de residencia, un centro de su nivel o etapa de escolarización y estar, por tanto, escolarizado en el centro educativo más cercano a su domicilio dentro de la zona que le corresponda o bien en el centro educativo de más fácil acceso siempre que se considere conveniente por parte de la Dirección Provincial de Educación correspondiente. No obstante, los alumnos de educación especial podrán ser beneficiarios de la ayuda, aún cuando el centro esté ubicado en la misma localidad de residencia, siempre que las necesidades derivadas de la discapacidad del alumno dificulten su desplazamiento al mismo.
2.º Encontrarse el domicilio familiar a más de 2 Km. de los núcleos de población donde esté ubicado el centro de escolarización que les corresponda, y se considere conveniente, por parte de la Dirección Provincial de Educación, la necesidad de un transporte hasta el centro educativo o bien a la parada más próxima de la ruta escolar organizada por la Consejería de Educación.
3.º No contar, en su localidad de residencia, con servicio de transporte escolar contratado por la Consejería de Educación. No obstante, podrán ser beneficiarios de estas ayudas los alumnos que si bien cuentan en su localidad de residencia con servicio de transporte escolar, concurre alguna de las siguientes circunstancias:
a) No poder hacer uso del transporte escolar como consecuencia de serias dificultades físicas o psíquicas.
b) Tener otras dificultades en el acceso al centro educativo según consideración de la Dirección Provincial de Educación.
Modalidad de transporte de fin de semana:1.º Cumplir los requisitos establecidos anteriormente en la modalidad de transporte diario.
2.º Encontrarse escolarizado en régimen de internado en Escuelas Hogar u otros centros con residencia de la Consejería de Educación.
- También podrán ser beneficiarios de la ayuda los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a una discapacidad, acreditada por la Gerencia de Servicios Sociales o un equipo de orientación educativa y psicopedagógica, que precisen trasladarse a otro centro, en horario lectivo, para recibir tratamientos específicos educativos, siempre que hayan solicitado ayuda al estudio al Ministerio de Educación y dicha solicitud no sea estimada por no reunir los requisitos económicos.
Cuantía: Las ayudas, según lo establecido en la última convocatoria, oscilarán, en función de la distancia existente entre el domicilio familiar del alumno y el centro docente, entre 277€ alumno/curso y 858€ alumno/curso, pudiéndose incrementar si concurre alguna circunstancia especial.
El BOCYL de 4 de agosto de 2010, puede consultarse en las Oficinas del Ayuntamiento de Nava del Rey o bien haciendo
clic aquí.
+INFO:Consejería de EducaciónAvda. Monasterio de Nuestra Señora de Prado, s/n.
47014 | Valladolid
Tel. 983 411 500 - Fax. 983 411 050
web: www.jcyl.es.
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