La Diputación de Valladolid convoca subvenciones a los jóvenes para financiar cantidades relativas a 6 meses de intereses devengados en el año 2010 de los préstamos hipotecarios concertados para la adquisición de viviendas en los municipios de la Provincia de Valladolid de menos de 20.000 habitantes.
A los efectos de la aplicación de la presente convocatoria en esta línea de ayudas, se entenderá por viviendas las edificaciones residenciales, unifamiliares, plurifamiliares o en régimen de propiedad horizontal, cualquiera que sea su superficie y la de sus anejos vinculados.
Solicitudes:La solicitud, se dirigirá al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid conforme al modelo que se incluyen como
Anexo I B, en el BOP de 16 de junio de 2010, y se presentarán directamente en el Registro General de la Diputación Provincial [Palacio Pimentel] C/ Angustias, 44 | 47003 | Valladolid, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común (LPAC).
Plazo de presentación: Hasta el 31 de julio de 2010.
Documentación:. Fotocopia del DNI del solicitante y, en su caso, fotocopia del libro de familia o certificación de unión de hecho.
. Certificado de empadronamiento, expedido por el Secretario del Ayuntamiento del municipio donde se ha adquirido la vivienda.
. Nota simple del Registro de la Propiedad donde conste que el solicitante ostenta la propiedad o copropiedad de la vivienda.
. Copia simple de la Escritura Pública de adquisición de la Vivienda.
. Copia simple de la Escritura Pública de constitución del Préstamo hipotecario.
. Certificado Bancario o documento fehaciente en el que conste el tipo de interés inicial aplicado al préstamo suscrito.
. Declaración responsable de que no existen deudas de naturaleza tributaria respecto a la Diputación de Valladolid, según modelo que se acompaña como Anexo II
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. Relación de los miembros computables de la unidad familiar que han recibido ingresos durante al año 2009, acompañada de la Fotocopia de la Declaración de I.R.P.F. de 2009 de todos los miembros de la familia obligados a presentarla.
En caso, de no existir obligación de presentar Declaración de IRPF de 2009, deberán presentar:
a) Fotocopia del documento elaborado por la Agencia Tributaria donde conste el cálculo efectuado por la Administración Tributaria en relación con aquellos miembros de la unidad familiar que hayan presentado solicitud de devolución, correspondiente al 2009.
b) En defecto del documento descrito en el apartado a) anterior, Certificado de ingresos familiares: Nóminas o justificantes de la pensión, de desempleo o de la jubilación, correspondientes al año 2009, así como aquellos otros documentos acreditativos de los ingresos de aquellos miembros de la unidad familiar que no hayan presentado declaración de I.R.P.F., o solicitud de devolución. Asimismo, deberá acompañarse, en el caso de que no se deduzca, la documentación justificativa de las reducciones a las que alude la base cuarta, apartado cuarto, de la presente convocatoria.
Destinatarios:Podrán obtener las ayudas que se gestionan a través de la presente convocatoria las personas físicas que hubieran adquirido una vivienda tal y como se define en la base 1.ª en el período comprendido entre el 1 de agosto de 2009 y el 30 de junio de 2010 y cumplan además de la anterior todas y cada una de las siguientes condiciones:
1. Tener una edad comprendida entre los 18 y los 36 años, ambos inclusive, a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
2. Tener suscrito con Entidad financiera un Préstamo hipotecario para la adquisición de una vivienda rural, con fecha comprendida entre el 1 de agosto de 2009 y el 30 de junio de 2010, ambos inclusive.
3. Que la renta del solicitante o, en su caso, de la unidad familiar en que se integre no supere la cantidad de 47.978,64 euros. Este límite será aplicable igualmente en los casos de copropiedad, computándose a tales efectos los ingresos de todos los copropietarios.
4. Figurar inscrito como vecino en el padrón del municipio donde se haya adquirido la vivienda.
5. Que el solicitante o los miembros de su unidad familiar no sean titulares de un derecho de dominio exclusivo sobre alguna otra vivienda habitable. El cumplimiento de este requisito, sin perjuicio de la declaración jurada que deberán acompañar los solicitantes, podrá comprobarse por los servicios técnicos de la Diputación de Valladolid mediante los datos aportados por el Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación, por el Centro de Gestión Catastral o por los Ayuntamientos de la provincia, sin perjuicio de que puedan utilizarse otros medios de comprobación.
5. Que la vivienda se destine a residencia habitual y permanente del solicitante y, en su caso, de su unidad familiar, sin que pueda ser objeto de cesión o transmisión intervivos por ningún título durante un plazo de 10 años desde la concesión de la subvención.
Gastos subvencionables:Lla aportación de la Diputación sólo podrá ser aplicada al objeto de la subvención, es decir, a los intereses de los préstamos hipotecarios de los que sean titulares los propietarios de las viviendas. No serán subvencionables los demás gastos que genere la Adquisición de la vivienda (gastos notariales, registrales y periciales, etc.)
El BOP de 16 de junio de 2010 puede consultarse en las Oficinas del Ayuntamiento de Nava del Rey o bien haciendo a href='
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