La Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León convoca la celebración de pruebas de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional Inicial del sistema educativo en el año 2010.
PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL INCIAL 2010La solicitud de inscripción para ciclos de Grado Medio
clic aquí y para ciclos de Grado Superior
clic aquí, se presentará en la secretaría el centro donde vaya a realizarse la prueba de los recogidos en el
Anexo VI, o a través de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Convocatorias:1ª.: Junio de 2010.
2ª.: Septiembre de 2010.
Plazo de presentación de solicitudes: 1. Para la convocatoria de junio: hasta el 7 de mayo 2010.
2. Para la convocatoria de septiembre: del 1 al 7 de septiembre de 2010 [ambos inclusive].
La inscripción para la primera convocatoria permite a los aspirantes presentarse a las pruebas en la primera y en la segunda convocatoria. Para presentarse en la convocatoria de septiembre, será necesario confirmar su participación, entre el día 1 y el día 3 de septiembre de 2010, mediante la presentación del documento que aparece como Anexo V. Los alumnos que hayan superado la prueba en la convocatoria de junio y quieran presentarse a la convocatoria de septiembre para mejorar la calificación obtenida, tendrán que presentar una nueva solicitud de inscripción entre el día 1 y el día 3 de septiembre de 2010.Documentación:La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación original o copia compulsada:
1. Documento Nacional de Identidad o, en su caso, tarjeta de Extranjero, o documento similar que acredite la identidad. Este documento no se presentará cuando se autorice expresamente en la solicitud al órgano gestor a realizar de oficio dicha comprobación, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 23/2009, de 26 de marzo, de medidas relativas a la simplificación documental en los procedimientos administrativos.
2. Título de técnico, libro de calificaciones de formación profesional o certificación académica, para quienes reúnan el requisito previsto en la base 2.2.b), para las pruebas de acceso a grado superior.
3. En el caso de que el aspirante solicite alguna de las exenciones previstas en la Orden, deberá hacerlo constar en la solicitud de inscripción, adjuntando a la misma copia de la documentación que acredite que reúne los requisitos para la exención solicitada previstos en el apartado 4.3 para grado medio, y en el apartado 6.3 para grado superior.
4. Para el alumnado que haya cursado el segundo nivel de un Programa de Cualificación Profesional Inicial, certificado de haberlo realizado con indicación de la nota media obtenida, en el caso de las pruebas de acceso a grado medio.
5. Para las personas que hayan realizado el curso de preparación de la prueba de acceso contemplado en el artículo 41.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, certificado de haber cursado el curso preparatorio de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior con indicación de la nota obtenida, en el caso de las pruebas de acceso a grado superior.
Requisitos para concurrir a las pruebas:1. Para concurrir a la prueba de acceso a ciclos formativos de Grado Medio se requerirá tener, como mínimo, diecisiete años cumplidos en el año 2010.
2. Para concurrir a la prueba de acceso a ciclos formativos de Grado Superior se deberá reunir alguno de los siguientes requisitos:
- Tener diecinueve años cumplidos en el año 2010.
- Tener dieciocho años cumplidos en el año 2010 y estar, en el momento de realizar la prueba, en posesión de un título de técnico, perteneciente a alguna de las familias profesionales incluidas en la opción por la que se presenta, en función de lo establecido en el Anexo II.
3. No podrán participar en las citadas pruebas aquellas personas que en el día de realización de las mismas, puedan acceder directamente al ciclo formativo que deseen cursar por estar en posesión del título de graduado en educación secundaria obligatoria, del título de bachiller, o de otra titulación equivalente a efectos de acceso, según lo establecido en el artículo 21 y en la disposición adicional séptima del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.
4. Quienes, habiendo superado las pruebas de acceso a ciclos formativos en convocatorias anteriores, deseen una mejora de la calificación obtenida, podrán presentarse de nuevo para la realización de la prueba completa. En todo caso, se mantendrá la validez y efectos de la nota final de la prueba anterior, cuando su calificación fuese superior a la obtenida en la nueva convocatoria.
El BOCYL de 16 de abril de 2010, puede consultarse en las Oficinas del Ayuntamiento de Nava del Rey o bien haciendo
clic aquí+INFO:Junta de Castilla y León Consejería de Educación
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