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18/03/2008 · Convocatoria de ayudas a la Vivienda 2008

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La Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León publica, en el BOCYL de 12 de marzo de 2008, la Convocatoria de Ayudas a la Vivienda.

AYUDAS A LA VIVIENDA | 2008

1_ALQUILER DE VIVIENDA

2_A LA COMPRA DE VIVIENDA LIBRE

3_REHABILITACIÓN AISLADA DE VIVIENDAS

4_VIVIENDAS LIBRES DESOCUPADAS PARA SU CESIÓN EN ARRENDAMIENTO

5_REHABILITACIÓN AISLADA DE EDIFICIOS

6_PROMOCIÓN EN NUEVA CONSTRUCCIÓN O REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS PARA CESIÓN EN ARRENDAMIENTO

Todas las solicitudes, deberán ser presentados en la Oficina de Vivienda C/ Rigoberto Cortejoso, 14, 47014 |Valladolid, o en el Servicio Territorial de Fomento de Valladolid C/ Antonio Lorenzo Hurtado, 6. [Edificio de Usos Múltiples] 47014 | Valladolid.

ALQUILER DE VIVIENDA

Plazo de presentación de Solicitudes:
_Contratos formalizados con anterioridad a la publicación de la convocatoria, un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOCyL.
_ Contratos formalizados con posterioridad a la publicación de la convocatoria, un mes desde la fecha de formalización del contrato y como máximo hasta el 30 de septiembre de 2008.

Objeto:
Ayudas económicas destinadas a subvencionar parcialmente la renta o precio del alquiler de viviendas.

Beneficiarios:
_ Personas físicas arrendatarias de viviendas.
_ Ingresos corregidos entre 0,5 y 3,5 veces el IPREM [se exceptúa de ingresos mínimos a las víctimas de violencia de género y a mayores de 65 años].
_ La vivienda deberá estar destinada a residencia habitual y permanente.

Condiciones del alquiler:
Precio anual del arrendamiento entre el 2% y 9% del precio máximo de las viviendas de protección pública en alquiler.

Ayudas:
_ Cuantía máxima anual: 2.800,00€.
_ Incompatibilidad con otras ayudas que se puedan obtener de cualquier Administración para el mismo fin, así como con la renta básica de emancipación de los jóvenes dentro del mismo periodo subvencionable.
_ El periodo subvencionable abarcará desde el 1 de octubre de 2007 hasta el 30 de septiembre de 2008.

AYUDAS A LA COMPRA DE VIVIENDA LIBRE

Plazo de presentación de Solicitudes:
Hasta el 13 de abril de 2008.

Objeto:
Convocatoria de ayudas económicas destinadas a subvencionar parcialmente la adquisición de una vivienda en propiedad.

Beneficiarios:
_ Adquirentes y adjudicatarios de vivienda sin ningún tipo de protección y especialmente jóvenes, familias numerosas, familias monoparentales, víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo, unidades familiares en las que existan personas con discapacidad, unidades familiares con hijos menores a cargo, emigrantes retornados y familias con parto múltiple o adopción simultánea.
_ Ingresos corregidos hasta 3,5 veces el IPREM y con ingresos mínimos sin corregir de 2 veces el IPREM.
_ Que destinen la vivienda a residencia habitual y permanente.

Condiciones del alquiler:
_ La vivienda deberá tener una superficie útil máxima de 90 m2 o de 120 m2 para familias numerosas o unidades familiares con personas con discapacidad.
_ El precio de la compraventa será el importe pagado en concepto de vivienda y anejos vinculados.
_ El precio máximo por m2 útil de la vivienda vendrá determinado por la ubicación de la misma, en función del ámbito municipal:
1. Ámbito municipal 1: 2.155 €/m2
2. Ámbitos municipales 2 y 3: 1.894 €/m2
3. Ámbito municipal 4: 1.698 €/m2
_ La adquisición de la vivienda debe haberse formalizado a partir del 8 de abril de 2007.
_ Adquisición garantizada con préstamo hipotecario de entre el 40% y el 100% del precio de compraventa.

Ayudas:
_ Jóvenes: 6.000 €
_ Familias numerosas: 3.000 € + 600 € (4º hijo) + 600 € (a partir del 5º hijo)
_ Familias monoparentales: 1.500 €
_ Víctimas de violencia doméstica y terrorismo: 1.500 €
_ Unidades familiares en las que existan personas con discapacidad:1.500 €
_ Unidades familiares con hijos menores: 1.500 €
_ Emigrantes retornados: 1.500 €
_ Familias con parto múltiple o adopción simultánea: 1.500 €

_ El periodo subvencionable abarcará desde el 1 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2008.
_ La cuantía de la ayuda se incrementará en un 10% para viviendas ubicadas en Burgos, Salamanca, Segovia y Valladolid.
_ Acumulables, con carácter general, si concurren más de una condición.

REHABILITACIÓN AISLADA DE VIVIENDAS

Plazo de presentación de Solicitudes:.
Abierto, debiendo presentar la solicitud antes de iniciar las obras.

Objeto:
Ayudas económicas destinadas a financiar parcialmente la rehabilitación de viviendas.

Beneficiarios:
_ Propietarios y arrendatarios, con ingresos hasta 3.5 veces IPREM.
_ Destinar la vivienda a residencia habitual y permanente durante al menos 5 años.

Condiciones:
_ La Rehabilitación debe tener por objeto mejorar las condiciones de accesibilildad, suprimir barreras de todo tipo o adecuar la vivienda a las necesidades específicas de personas con discapacidad o mayores de 65 años, la reducción del consumo energético o garantizar la seguridad estructural y estanqueidad frente a la lluvia.
_ Las viviendas deben tener una antigüedad mínima de quince años, salvo si se trata de suprimir barreras arquitectónicas , obras de adaptación de instalaciones a la normativa técnica  aplicable u obras de reducción del consumo energético.
_ El edificio en el que se ubica la vivienda debe presentar condiciones suficientes de seguridad estructural y estanqueidad frente a la lluvia.

Ayudas:
_ Carácter General: hasta 2.280 €.
_ Para personas mayores de 65 años o con discapacidad y las obras se destinen a la eliminación de barreras arquitectónicas o de accesibilidad: 3.100 € .
_ Posible incremento en ambos casos de hasta 200 €, para obras de eficiencia energética.

VIVIENDAS LIBRES DESOCUPADAS PARA SU CESIÓN EN ARRENDAMIENTO

Plazo de presentación de Solicitudes:.
Abierto, y en el caso de rehabilitación, la solicitud debe presentarse con carácter previo al inicio de las obras.

Objeto:
Ayudas para la cesión en arrendamiento de viviendas libres desocupadas así como la rehabilitación aislada de viviendas libres para su cesión en arrendamiento.

Plazo de presentación:

Beneficiarios:
Titulares de viviendas que las cedan en arrendamiento.

Condiciones:
_ _ Rehabilitación de Vivienda: vinculación al arrendamiento mínimo 5 años y renta máxima 5.5 % del precio legal total de referencia en renta básica.
_ Las viviendas se destinarán a familias con ingresos hasta 5.5 IPREM, que la destinen a residencia habitual y permanente y no sean titulares de otras viviendas.
_ La vivienda deberá estar inscrita en el Registro de Viviendas Vacías (REVIVAL)o Agencia o Sociedad Púlbica dedicada al arrendamiento de viviendas.

Ayudas:

_ Sin rehabilitación: 6.000 €
_ Con rehabilitación: Hasta 6.000 € + Incremento por obras de eficiencia energética de hasta 200 €

REHABILITACIÓN AISLADA DE EDIFICIOS

Plazo de presentación de Solicitudes:.
Abierto, debiendo presentar la solicitud antes de iniciar las obras.

Objeto:
Ayudas económicas destinadas a financiar parcialmente la rehabilitación de edificios.

Plazo de presentación:

Beneficiarios:
_ Comunidades de propietarios, propietarios y arrendatarios.
_ Con ingresos no superiores a 6.5 veces IPREM.
_ Destinar la vivienda a residencia habitual y permanente durante al menos 5 años.

Condiciones:
_ La Rehabilitación debe tener por objeto mejorar las condiciones de accesibilildad, suprimir barreras de todo tipo o adecuar el edificio a las necesidades específicas de personas con discapacidad y mayores de 65 años, la reducción del consumo energético o garantizar la seguridad estructural y estanqueidad frente a la lluvia.
_ Los edificios deben tener una antigüedad mínima de quince años, salvo si se trata de adecuación funcional para suprimir barreras arquitectónicas y promover la accesibilidad, obras de adaptación de instalaciones a la normativa técnica  aplicable u obras para la reducción del consumo energético.

Ayudas:
_ Préstamo convenido: hasta la totalidad del presupuesto protegido.
_ Subsidiación de la cuota: hasta 6.5 veces el IPREM una cuantía de 127 € por cada 10.000 € o 159 €  por cada 10.000 € en casos de contratos de arrendamiento con prórroga forzosa.

Subvenciones en rehabilitación en edificios para uso propio:
_ Comunidades: hasta 1040 € por vivienda más 200 € en caso de obras de eficiencia energética .
_ Titulares de viviendas en el edificio, promotores individuales:
a-Con ingresos hasta 3.5 IPREM: hasta 1.500 €
b-Mayores de 65 años o personas con discapacidad y las obras se destinen a la eliminación  de barreras de todo tipo o accesibilidad: 2.500 €

PROMOCIÓN EN NUEVA CONSTRUCCIÓN O REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS PARA CESIÓN EN ARRENDAMIENTO

Plazo de presentación de Solicitudes:.
Abierto, debiendo presentar la solicitud antes de iniciar las obras.

Objeto:
Ayudas para la promoción y rehabilitación de edificios para cesión en arrendamiento.

Beneficiarios:
_ Personas físicas o jurídicas promotores de las actuaciones.

Condiciones:
_ Las viviendas deben destinarse a residencia habitual y permanente de familias con ingresos no superiores a 5.5 veces IPREM , que destinen la vivienda a residencia habitual y permanente y que no sean titulares de otras viviendas.
_ Sometimiento a precios máximos de renta en función del periodo de vinculación así como de venta.

Ayudas:

_ Préstamo convenido: del 80% del precio máximo de referencia en caso de nueva construcción o del 100% del presupuesto protegido en caso de rehabilitación.
_ Subsidiación del préstamo cualificado al año por cada 10 € de préstamo:
1.- Alquiler a 10 años: 295 € del 1º al 5º año y 177 € del 6º al 10º año.
2.- Alquiler a 25 años: 263 € del 1º al 5º años y 205 € del 6º al 10º año.
_ Subvención respecto de las viviendas resultantes de superficie menor o igual de 70 m2:
1.- Alquiler a 10 años: 8.000 € más un Incremento por ámbito municipal 1 de 1.000 € más un Incremento por obras en rehabilitación de hasta 200 €.
2.- Alquiler a 25 años: 11.000 € más un Incremento por ámbito municipal 1 de 1.300 € más un Incremento por obras en rehabilitación de eficiencia energética de hasta 200 €

El BOCYL de 12 de marzo de 2008, puede consultarse en las Oficinas del Ayuntamiento de Nava del Rey o bien haciendo clic aquí

+INFO:
Consejería de Fomento | Junta de Castilla y León
Servicio Territorial de Fomento de Valladolid
C/ Antonio Lorenzo Hurtado, 6. [Edificio de Usos Múltiples]
47014 | Valladolid |
Tel: 900 100 888  -  902 22 88 88

P.I.J. de Nava del Rey
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